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Organización de Estados Iberoamericanos Para la Educación, la Ciencia y la Cultura |
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| Guía
Iberoamericana de la Administración Pública de la Ciencia Ecuador |

Realizado por: Rodrigo Ortega
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4. Política Científica y Tecnológica
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| Población total del País1 | 12.174.628 (habitantes) |
| Población Económicamente Activa (PEA)2 | 3.359.767 (habitantes) |
| Esperanza de vida al nacer 3 | 69.85 años |
| Tasa Bruta de Natalidad4 | 14.2 (por 1000 habitantes) |
| Tasa Bruta de Mortalidad 4 | 4.4 (por 1000 habitantes) |
| Tasa de Analfabetismo2 | 30.5 (%) |
| Inversión en Investigación y Desarrollo5 | 0.08 (% del PIB) |
| Científicos e Ingenieros dedicados a investigación y desarrollo6 | 861 C+I 2,56 (por cada 10.000 personas de la PEA) |
| Patentes aprobadas (a nacionales y extranjeros) 7 | 212 |
| Artículos Publicados en revistas referenciadas internacionalmente8 | 250 |
Fuentes:
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Legislación y reglamentación vigente en materia de ciencia y tecnología
Leyes nacionales de fomento de la ciencia y tecnología
Ley del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología. (El Sistema fue reorganizado
por el Decreto Ejecutivo No. 1603).
La Ley de Contratación Pública (Artículos 117 y 118) prevé una importante fuente de financiamiento para la actividad científica tecnológica en el Ecuador: Todos los contratos a los que se refiere dicha Ley cuya cuantía sea igual o superior a los mil quinientos salarios mínimos vitales generales, están sujetos a la contribución del 1% de su cuantía, por parte de los contratistas; para coadyuvar al financiamiento de la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología, en un 0.25%, al igual que el 0.125% de las planillas de reajustes de precios de dichos contratos.
Estatutos de los organismos nacionales de ciencia y tecnología
Mediante Decreto Ejecutivo No. 1603, publicado en el Registro Oficial 413 de 5 de abril de 1994, se reorganizó el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología del Ecuador, suprimiendo el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, creando en su lugar la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología, como organismo político rector del Sistema y disponiendo que la Fundación para la Ciencia y la Tecnología, FUNDACYT, organización de derecho privado sin fines de lucro, actúe como el organismo técnico, operativo y promotor del referido Sistema.
El marco jurídico institucional en aplicación sobre ciencia y tecnología en el Ecuador, consta de los siguientes instrumentos:
Reglamentos de funcionamiento de los fondos para la financiación de investigación de proyectos precompetitivos y para el estimulo a los investigadores
El Ecuador no cuenta con reglamentación específica sobre fondos para el financiamiento de proyectos precompetitivos, ni que creen mecanismos de estímulos a los investigadores. Las propuestas para incorporar a la legislación nacional la creación de un fondo para la innovación tecnológica y de estímulos económicos para investigación de carrera se han quedado a nivel de estudios.
Un avance en el ámbito del apoyo a proyectos precompetitivos constituye el Componente de Proyectos de Innovación Tecnológica del Sector Privado, del Programa de Ciencia y Tecnología para el Ecuador, que ha recibido un préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo, BID, para ser ejecutado en los próximos cuatro años.
El mismo prevé el financiamiento a proyectos de innovación tecnológica (investigación aplicada y desarrollo experimental) y de modernización tecnológica que comprenden la adaptación y la mejora de la productividad.
El incentivo crediticio consiste de un financiamiento no reembolsable del 20% del monto total a financiar, y del 35% en caso de que el proyecto se desarrolle conjuntamente entre el sector privado y una universidad con el fin de promover la vinculación entre empresas y centros de investigación.
Otras normas en materia de ciencia y tecnología
Adicionalmente contamos con numerosas leyes que en distintas áreas contienen una serie de disposiciones a nivel enunciativo sobre la responsabilidad del Estado y sus instituciones en relación con el avance científico tecnológico, la promoción de la investigación y desarrollo y en general sobre la importancia de la ciencia y la tecnología. Por ejemplo: Ley de Fomento y Desarrollo Agropecuario, Ley de Creación del Instituto Nacional Autónomo de Investigaciones Agropecuarias (INIAP), Ley de Creación del Instituto Ecuatoriano Forestal y de Areas Naturales y de Vida Silvestre (INEFAN), Ley y Reglamento a la Ley Forestal y de Conservación de Areas Naturales y Vida Silvestre, Ley de Parques Nacionales y Reglamento de Zonas de Reserva y Parques Nacionales, etc.
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Normas de la Fundación para la Ciencia y la Tecnología, FUNDACYT
Supresión del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, CONACYT.
Decreto Ejecutivo No. 1603. RO/ 413 de 5 de Abril de 1994.
Artículo 1. Suprímase el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología ordenado en el Decreto Supremo No. 3811, publicado en el Registro Oficial No. 9 de 23 de agosto de 1979 y, en su lugar, para su adecuado funcionamiento se reorganiza el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, de la manera como se señala en el presente Decreto Ejecutivo.
Artículo 2. Los elementos que conforman el Sistema son los siguientes:
NIVEL POLITICO:
a) Vicepresidencia de la República;
b) Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología; y,
c) Consejo Asesor de Ciencia y Tecnología.
NIVEL EJECUTIVO - OPERATIVO:
a) Fundación de Ciencia y Tecnología FUNDACYT;
b) Universidades y Escuelas Politécnicas;
c) Institutos de Investigación;
d) Ministerios;
e) Empresas Privadas y organismos no gubernamentales;
f) Cooperativas; y,
g) Comunidad Científica organizada.
NIVEL DE APOYO:
a) Servicios de Ciencia y Tecnología;
b) Mecanismos de Vinculación; y,
c) Mecanismos de Difusión y Popularización.
NIVEL FINANCIERO:
a) Fundación de Ciencia y Tecnología FUNDACYT;
b) Presupuestos Públicos/Privados;
c) Bancos; y,
d) Cooperación Internacional.
Artículo 3. Créase la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología, adscrita a la Vicepresidencia de la República, como el ente político rector del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, la cual será dirigida por el Secretario Nacional de Ciencia y Tecnología, a nombrarse por el Presidente de la República. Las funciones más relevantes del Secretario Nacional de Ciencia y Tecnología son las siguientes:
a) Dictar de común acuerdo con el Vicepresidente de la República, y con la asesoría del Consejo Asesor de Ciencia y Tecnología, las políticas en Ciencia y Tecnología del país y su articulación con las políticas de desarrollo económico y social;
b) Elaborar, con base en la política de Ciencia y Tecnología, el Programa Nacional de Ciencia y Tecnología, con la participación de las entidades que conforman el sistema y el apoyo operativo logístico de la Fundación de Ciencia y Tecnología (FUNDACYT);
c) Coordinar y concertar las acciones estratégicas del Sistema de Ciencia y Tecnología;
d) Dotar de financiamiento adecuado al Sistema de Ciencia y Tecnología;
e) Negociar la cooperación técnica y financiera para el Sistema de Ciencia y Tecnología, y en general dirigir los aspectos vinculados con la cooperación internacional en el sector científico y tecnológico;
f) Promover la creación y mejoramiento de los instrumentos jurídicos necesarios para optimizar el desarrollo de Ciencia y Tecnología;
g) Presidir la Fundación de Ciencia y Tecnología FUNDACYT;
h) Fomentar las relaciones científico tecnológicas en el resto del mundo, sobre la base de las políticas y estrategias establecidas al respecto;
i) Fomentar los mecanismos de vinculación, difusión y popularización de la Ciencia y Tecnología;
j) Representar legalmente a la Secretaría y emitir los reglamentos operativos pertinentes; y,
k) A la Secretaría Nacional de Ciencia y
Tecnología le corresponderá impulsar los mecanismos
necesarios para obtener y canalizar los recursos financieros privados,
nacionales e internacionales para llevar adelante planes, programas o
subprogramas que permitan la contribución de la ciencia y tecnología
para la modernización del Estado.
En caso
de ausencia del Secretario o de imposibilidad para ejecutar sus tareas,
las delegará al Secretario Nacional de Planificación, quien
le subrogará.
Artículo 4. La Fundación de Ciencia y Tecnología FUNDACYT, organización de derecho privado, con la finalidad social sin fines de lucro, operará como el organismo técnico, operativo y promotor del Sistema de Ciencia y Tecnología. Sus funciones más relevantes son las siguientes:
a) Programar, ejecutar y controlar las políticas, estrategias y planes de mediano y largo plazo aprobados por la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología;
b) Proponer y fijar criterios para la asignación de los recursos de los programas nacionales;
c) Promover y financiar proyectos de investigación, servicios de Ciencia y Tecnología y de innovación tecnológica;
d) Promover y financiar la formación de recursos humanos de excelencia en Ciencias y Tecnología;
e) Promover, financiar y coordinar un sistema nacional de información científica y tecnológica;
f) Promover y financiar la infraestructura y el equipamiento necesario y pertinente en Ciencia y Tecnología
g) Promover y financiar la gestión tecnológica en el sector productivo;
h) Promover y financiar mecanismos de vinculación, difusión y popularización de Ciencia y Tecnología;
i)Canalizar la cooperación técnica y financiera que la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología negocie;
j)Administrar los recursos financieros que la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología le recomiende, o aquellos obtenidos en los diferentes organismos multilaterales de crédito; y,
k) Formar, crear administrar y en general manejar fondos y/o recursos propios o provenientes de fuentes nacionales o internacionales, privadas o estatales, destinados a los procesos científicos y tecnológicos, y estará facultada para realizar y manejar inversiones en moneda nacional e internacional.
Artículo 5. La Fundación de Ciencia y Tecnología FUNDACYT estará gobernada por la Junta Directiva integrada de la siguiente manera:
a) El Secretario Nacional de Ciencia y Tecnología, quien la presidirá;
b) Un representante del sector privado, seleccionado por un colegio electoral privado integrado por las Cámaras de Industrias, Pequeña Industria, Agricultura y Minería;
c) El Presidente de la Comisión de Investigación del CONUEP;
d) Un representante de la Comunidad Científica organizada, seleccionada por dicha comunidad;
e) Un representante del sector privado, seleccionado por el Vicepresidente;
f) Un representante de las Universidades, seleccionado por el Vicepresidente; y,
g) Un representante de la Comunidad Científica, seleccionado por el Vicepresidente.
Los miembros mencionados en los literales a), e), d) y g) durarán en sus cargos cuatro años, pudiendo ser reemplazados por el Vicepresidente.
La Junta Directiva nombrara al Director Ejecutivo de la FUNDACYT quien durará en el cargo cinco años, pudiendo ser reelecto. Así mismo, nombrara al Auditor Interno de la FUNDACYT.
Artículo 6. El Consejo Asesor de Ciencia y Tecnología es un organismo consultivo de alto nivel para la formulación de las políticas de Ciencia y Tecnología y para el diseño del Programa Nacional de Ciencia y Tecnología, y estará conformado por:
a) El Secretario Nacional de Ciencia y Tecnología, quien lo presidirá y convocará;
b) El Director Ejecutivo de la Fundación de Ciencia y Tecnología, quien actuará como Secretario Técnico;
c) Los Subsecretarios de las carteras de Educación, Agricultura, Salud, Pesca, Industrias y Energía;
d) El Secretario Nacional de Planificación;
e) El Presidente de CONUEP; y,
f) Un Presidente de Cámaras de Industrias y de las Cámaras de Agricultura, elegidos por y entre sus pares.
El Consejo Asesor de Ciencia y Tecnología se reunirá ordinariamente dos veces al año por convocatoria del Secretario Nacional de Ciencia y Tecnología, y extraordinariamente a solicitud del Secretario Nacional cuando él lo considere oportuno.
Artículo 7. Los activos, pasivos, asignaciones presupuestarias y las contribuciones de diverso orden que por ley o por disposiciones normativas, públicas correspondan a CONACYT, sus actuales o comprometidos ingresos o recursos propios, obligaciones y compromisos pasarán a ser administradas y a formar parte de los bienes y presupuestos de la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología.
PRIMERA.- Los valores en las cuentas, asignaciones y cualquier cantidad de dinero, partidas o asignaciones que correspondan al actual CONACYT, pasarán globalmente, sin exclusión alguna, a la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología y serán aplicados según el Presupuesto de la misma Secretaría. Hasta tanto se expida el Presupuesto de la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología, durante los seis primeros meses de funcionamiento la Secretaría pagará sus obligaciones civiles, mercantiles, laborales y de seguridad social, de conformidad con el último presupuesto y distribución de gastos de CONACYT.
Nota: Nuevo texto de esta Disposición dado por Decreto Ejecutivo No. 1864, publicado en Registro Oficial 482 de 13 de Julio de 1994.
SEGUNDA.- Los compromisos nacionales e internacionales contraídos por el CONACYT serán asumidos por la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología.
TERCERA.- Para la terminación de las relaciones laborales en el CONACYT se aplicará lo regulado en el Artículo 52 de la Ley de Modernización del Estado.
Estatuto de la Fundación para la Ciencia y la Tecnología, FUNDACYT
Decreto Ejecutivo No. 1605. RO/ 416 de 8 de Abril de 1994
Artículo 1. Otórgase a la Sociedad Civil de Derecho Privado sin fines de lucro: Fundación para la Ciencia y la Tecnología, FUNDACYT, personería jurídica y apruébase su existencia como persona jurídica privada sin fines de lucro, de acuerdo a las disposiciones del Título XXIX del Libro Primero del Código Civil.
Artículo 2. Apruébase los estatutos de la Sociedad Civil de Derecho Privado sin fines de lucro: Fundación para la Ciencia y la Tecnología, FUNDACYT, y dispónese su publicación en el Registro Oficial.
FUNDACION PARA LA CIENCIA Y LA TECNOLOGIA, FUNDACYT CONSTITUCION, DURACION Y OBJETIVOS
Artículo 1. CONSTITUCION DE LA FUNDACION.- Créase la Fundación para la Ciencia y la Tecnología, FUNDACYT, como una entidad de derecho privado, con personería jurídica propia, sin fines de lucro, regida por sus propios estatutos, de conformidad con las normas legales vigentes en el Ecuador, y que se rige por las disposiciones del Título XXIX Libro Primero, Artículo 583 y siguientes del Código Civil.
Artículo 2. DOMICILIO.- FUNDACYT tendrá su domicilio principal en la ciudad de Quito, República del Ecuador, y podrá abrir oficinas en otras ciudades del país y del exterior.
Artículo 3. DURACION.- FUNDACYT tendrá una duración de cien años contados desde la fecha de la aprobación de los presentes estatutos por medio del Decreto Ejecutivo expedido por el Presidente de la República del Ecuador.
Artículo 4. OBJETIVOS DE LA FUNDACION.
a) Programar, ejecutar y controlar las políticas, estrategias y planes de mediano y largo plazo aprobados por el organismo rector del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología;
b) Impulsar, promover y financiar la investigación y su aplicación, fomentando los mecanismos de vinculación, difusión y popularización de la ciencia y tecnología, orientando y promocionando la asociación entre universidades, instituciones científico técnicas y empresas, nacional e internacionalmente, fomentando la suscripción de convenios multilaterales y programas cooperativos;
c) Proponer y fijar criterios para la asignación de recursos de los programas nacionales;
d)Promover y financiar proyectos de investigación, servicios científicos y de innovación tecnológica;
e) Promover y financiar la formación de recursos humanos de excelencia en ciencia y tecnología;
f) Promover, financiar y coordinar un sistema nacional de información científica y tecnológica;
g) Promover y financiar la gestión tecnológica en el sector productivo, incentivando su capacidad innovadora;
h) Promover y financiar infraestructura y equipamiento necesario y pertinente en ciencia y tecnología, inclusive en lo relativo al ordenamiento metódico de la actividad científica y bibliográfica;
i) Canalizar la cooperación técnica y financiera por encargo que le hará el organismo rector del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología;
j) Administrar los recursos financieros y programas que se le encomiende, en especial los provenientes de préstamos internacionales para ciencia y tecnología, garantizando que se cumplirán las condiciones, programación, estructuración, términos y demás, de los proyectos que abarquen los acuerdos de los respectivos préstamos;
k) Mantener un diagnóstico y un censo actualizado de todas las actividades científicas y tecnológicas del país, así como de las instituciones encargadas de estas tareas y sus programas;
l) Obtener, gestionar, formar, crear, administrar y en general manejar fondos y/o recursos propios o provenientes de fuentes nacionales o internacionales, privadas o estatales, destinados a los procesos científicos y tecnológicos, y estará facultada para realizar y manejar inversiones en moneda nacional o internacional para el cumplimiento de sus objetivos; y,
m) Promover y canalizar la comercialización y transferencia de tecnología y de los resultados de investigaciones científicas y tecnológicas.
RECURSOS Y PATRIMONIO
Artículo 5. RECURSOS DE LA FUNDACYT
a) Las asignaciones recibidas del Estado, a través del organismo rector del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología para el cumplimiento de sus fines;
b) Asignaciones recibidas de Organismos Internacionales, de acuerdo con los convenios de Cooperación que suscriba;
c) Asignaciones contractuales o legales, aportes voluntarios, donaciones y legados, recibidos de organizaciones nacionales, públicas y privadas, organizaciones multinacionales de desarrollo, organismos internacionales, gobiernos o agencias de gobiernos, y por otras personas naturales o jurídicas del exterior;
d) Valores percibidos, provenientes de ventas de bienes y servicios;
e) Recursos provenientes de las utilidades financieras por inversiones de sus recursos;
f) Otros recursos propios de la naturaleza de su actividad; y,
g) Los bienes muebles e inmuebles que la Fundación adquiera a titulo gratuito u oneroso.
MIEMBROS, ORGANOS Y ESTRUCTURA DE FUNDACYT
Artículo 6. MIEMBROS Y CATEGORIAS.- Los miembros de la Fundación son:
a) Miembros Fundadores, las personas naturales que suscriben la escritura de Constitución de la Fundación; y,
b) Miembros Asociados, los integrantes de la Junta Directiva de la Fundación.
Artículo 7. ORGANOS DE ADMINISTRACION DE FUNDACYT
Tendrá los siguientes órganos funcionales para su administración:
a) La Asamblea General;
b) La Junta Directiva;
c) El Presidente de la Junta Directiva y,
d) La Dirección Ejecutiva.
Artículo 8. INTEGRACION DE LA ASAMBLEA GENERAL.- La Asamblea General es el órgano máximo de la Fundación y estará integrada por los Miembros Fundadores y los Miembros Asociados.
Artículo 9. ATRIBUCIONES, FACULTADES Y ORGANIZACION DE LA ASAM-BLEA GENERAL.
a) Las Asambleas Generales serán presididas por el Presidente de la Junta Directiva o quien lo subrogue. Actuará como Secretario el Director Ejecutivo de la Fundación, con voz pero sin voto;
b) Las decisiones o resoluciones de las Asambleas Generales se tomaran por mayoría absoluta, es decir, por más del cincuenta por ciento de los asistentes a la respectiva Asamblea. En caso de empate el voto del Presidente de la Asamblea es dirimente;
c) La Asamblea General de la Fundación se reunirá en forma ordinaria, previa convocatoria de su Presidente, en el primer trimestre de cada año, y, en forma extraordinaria, en cualquier otra fecha, por resolución del Presidente o a solicitud de por lo menos cuatro miembros de la Junta Directiva; y,
d) El quorum estará constituido en primera convocatoria por la mitad más uno de los Miembros de la Fundación, y en Segunda Convocatoria, por los Miembros presentes.
Artículo 10. INTEGRACION DE LA JUNTA DIRECTIVA.- La Junta Directiva de la Fundación está conformada por:
a) El Secretario Nacional de Ciencia y Tecnología, quien la presidirá;
b) Un representante del sector privado, seleccionado por un Colegio Electoral privado integrado por las Cámaras de Industrias, Pequeña Industria, Agricultura y Minería;
c) El Presidente de la Comisión de Investigación del CONUEP (Consejo Nacional de Universidades y Escuelas Politécnicas);
d) Un representante de la Comunidad Científica organizada, seleccionada por dicha comunidad;
e) Un representante del sector privado, seleccionado por el Vicepresidente de la República;
f) Un representante de las Universidades y/o Escuelas Politécnicas, seleccionado por el Vicepresidente de la República; y,
g) Un representante de la Comunidad Científica, seleccionado por el Vicepresidente de la República.
Los Miembros de la Junta Directiva seleccionados por la Vicepresidencia de la República, durarán en sus funciones cuatro años, pudiendo ser reemplazados por esa autoridad nominadora.
Artículo 11. ATRIBUCIONES Y FACULTADES DE LA JUNTA DIRECTIVA.
Son atribuciones y facultades de la Junta Directiva, las siguientes:
a) Reformar los estatutos de la Fundación, de conformidad con lo señalado en el Artículo 16 del presente Estatuto;
b) Determinar la política general de la Fundación;
c) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y las resoluciones de la Asamblea General; y, recomendar la política general de la Fundación;
d) Nombrar al Director Ejecutivo y a la Auditoria Interna de la Fundación;
e) Aprobar los planes operativos y estratégicos de la Fundación y crear comisiones de trabajo;
f) Determinar los programas a ser ejecutados directamente por la Fundación y vigilar su cumplimiento, así como los que se realizarán a través de otras instituciones, unidades de ejecución o de apoyo;
g) Calificar a las instituciones o unidades de ejecución o apoyo, y autorizar la suscripción de los contratos de ejecución o cooperación correspondientes;
h) Vigilar periódicamente el cumplimiento de estos contratos;
i) Gestionar y obtener recursos financieros dentro y fuera del país, para asegurar la permanencia de los planes de trabajo y de los contratos de ejecución o cooperación aprobados;
j) Aprobar los reglamentos internos de la Fundación; y, conocer su funcionamiento administrativo y financiero;
k) Velar por el cumplimiento de los acuerdos o convenios suscritos entre la Fundación y otras entidades nacionales o extranjeras;
l) Analizar y aprobar los programas, proyectos y presupuestos recomendados y preparados por la Dirección Ejecutiva;
m) Aprobar el presupuesto y estados financieros anuales de la Fundación;
n) Aprobar la contratación de auditores y evaluadores independientes, que aseguren la correcta gestión financiera y de control de la Fundación y sus programas;
o) Supervisar la gestión financiera de la Fundación y de las instituciones y unidades de Ejecución o de cooperación, que tengan suscritos convenios con la Fundación;
p) Ratificar o rectificar las actas y resoluciones de la Junta y las Comisiones Ejecutivas;
q) Velar por el incremento y conservación de los bienes patrimoniales de la Fundación y reglamentar su adquisición, limitación de dominio y enajenación de los mismos; y,
r) Autorizar la celebración de convenios, contratos, hipotecas, garantías y otras acciones económicas que comprometan a la Fundación en más de 1.500 salarios mínimos vitales generales vigentes a la fecha de la mencionada negociación.
Artículo 12. SESIONES Y QUORUM DE LA JUNTA.
a)Las sesiones de la Junta Directiva de la Fundación se realizarán con el quorum de por lo menos la mitad más uno de sus miembros incluidos su Presidente;
b) Las convocatorias a reuniones ordinarias o extraordinarias las realizará el Presidente o en su defecto por lo menos tres miembros de la Junta Directiva, por escrito, a través de la Dirección Ejecutiva, con ocho días de anticipación, adjuntando el orden del día y los informes pertinentes para su discusión cumpliendo las normas legales para el efecto, constantes en la respectiva ley;
c) De cada sesión de la Junta se elaborará el Acta respectiva, que debidamente aprobada por este órgano, será mantenida para su revisión y archivo;
d) El Presidente de la Junta Directiva posee voto dirimente;
e) Actuara como Secretario de la Junta, el Director Ejecutivo de la Fundación, con voz pero sin voto; y,
f) La Junta Directiva se reunirá mensualmente en forma ordinaria, y cuando lo considere necesario en forma extraordinaria.
Artículo13. DEL NOMBRAMIENTO DEL PRESIDENTE Y LA REPRESENTACION LEGAL.
El Presidente nato de la Fundación será el Secretario Nacional de Ciencia y Tecnología, quien es nombrado y por tanto puede ser reemplazado, por el Presidente de la República.
El Presidente de la Fundación será el representante legal y vocero oficial de la Fundación.
Artículo 14. FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE.
a) Ejercer la representación legal de la Fundación;
b) Convocar y presidir las sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva;
c) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones de la Asamblea General y de la Junta Directiva;
d) Cumplir y hacer cumplir los estatutos y reglamentos de la Fundación;
e) Vigilar la marcha administrativa y financiera de la Fundación;
f) Conocer los asuntos administrativos, nombramientos y remuneraciones del personal y otros aspectos de carácter interno;
g) Presentar el informe anual de labores a la Asamblea General;
h) Suscribir las actas conjuntamente con el Director Ejecutivo, y realizar las demás funciones inherentes a su cargo; e,
i) Autorizar al Director Ejecutivo la celebración de convenios, contratos y operaciones económicas que comprometan a la Fundación en más de 500 hasta 1.500 salarios mínimos vitales generales vigentes a la fecha de la negociación.
Artículo 15. ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL DIRECTOR EJE-CUTIVO.
a) Representar a la Fundación por delegación conferida por el Presidente, de acuerdo a la reglamentación interna de la Fundación;
b) Dirigir la marcha administrativa, económica y financiera e la Fundación, a nivel nacional, cuidando su patrimonio y sujetándose a los estatutos, reglamentos internos y disposiciones de la Junta Directiva y el Presidente de la Fundación;
c) Llevar los libros de Actas de las sesiones de la Asamblea General y Junta Directiva y suscribirlas conjuntamente con el Presidente según sea el caso;
d) Recibir, administrar y desembolsar los recursos generados para el financiamiento de los programas que ejecuta la Fundación a través de Instituciones o de Unidades de Ejecución o de apoyo, como resultados de los acuerdos suscritos con las diferentes entidades;
e) Controlar y supervisar el desarrollo de los programas implementados por las instituciones o unidades de ejecución o de apoyo, financiados o bajo el control de la Fundación;
f) Preparar los programas, proyectos y presupuestos para la aprobación de la Junta Directiva; y, los informes regulares de las actividades de la Fundación, para su conocimiento;
g) Identificar y evaluar programas y proyectos susceptibles de ser financiados por la Fundación; y, recomendarlos a la Junta Directiva;
h) Desarrollar recomendaciones y criterios concernientes a los programas y proyectos a ser financiados y al tipo de financiamiento a ser suministrado;
i) Coordinar con las instituciones o unidades ejecutoras o de cooperación, las fases de implementación de los programas y proyectos a ser financiados por la Fundación;
j) Realizar el seguimiento, control y evaluación de los programas y proyectos aprobados, inclusive el desarrollo de informes para la gestión, que darán cuenta del avance de los proyectos en términos financieros y general;
k) Elaborar procedimientos y la documentación apropiada para la aprobación de los proyectos y/o presupuestos;
l) Administrar los recursos financieros de la Fundación de la forma más eficiente de acuerdo con las posibilidades y mecanismos de inversión que ofrece el sistema financiero nacional e internacional, informando de los resultados de las colocaciones cada 30 días al Presidente de la Fundación;
m) Elaborar el orgánico funcional de la Fundación, proponer los cambios pertinentes y administrar el personal de acuerdo a las políticas generales dictadas por la Junta Directiva y el Presidente; y,
n) Las otras funciones y responsabilidades que los estatutos, la Junta Directiva y el Presidente de la Fundación, le asignen.
Artículo 16. REFORMA A LOS ESTATUTOS.
Las reformas al presente estatuto, serán efectuadas por la Junta Directiva con el voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros presentes.
Artículo 17. DE LA DISOLUCION ANTICIPADA Y LIQUIDACION DE LA FUNDACION.
La disolución anticipada y la liquidación de la Fundación será acordada por la Junta Directiva con el voto favorable de por lo menos las tres cuartas partes de los miembros presentes, quienes emitirán las directrices del caso para proceder a la liquidación.
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La política de la Ciencia y Tecnología (C&T) comprende objetivos, estrategias, mecanismos e instrumentos para el desarrollo de la C&T en el corto, mediano y largo plazo, enmarcados en los objetivos del desarrollo socioeconómico nacional.
Los órganos rector (SENACYT) y operativo (FUNDACYT) del sistema nacional de C&T (SNCT), tienen el rol protagónico con el respaldo político y económico del gobierno nacional.
Objetivo General
Dar un salto cualitativo y rápido en la incorporación nacional de C&T al accionar de la sociedad ecuatoriana.
El logro del objetivo general requiere en primer lugar fortalecer y consolidar el SNCT*, robusteciendo la oferta de C&T, estimulando la demanda y la articulación del sistema.
El fortalecimiento del SNCT, constituye uno de los factores principales para el desarrollo nacional. El SNCT debe constituir una plataforma de conocimiento, instrumentos, recursos humanos, servicios y vínculos que coadyuven a los siguientes objetivos socioeconómicos generales:
A nivel nacional:
A nivel productivo:
A nivel social:
Objetivos de mediano y corto plazo, para fortalecimiento del SNCT y de su actividad.
Naturaleza de las políticas de C&T
Las políticas conducentes al logro de los objetivos planteados deben aplicarse coordinadamente a fin de garantizar el fortalecimiento oportuno de los diversos componentes del SNCT y requieren una decidida participación del Estado que se manifiesta, fundamentalmente, en los siguientes aspectos.
Las políticas tienden a fortalecer la oferta C&T, mejorando el volumen y calidad de sus componentes, promoviendo la formación paulatina de la demanda y articulándola sustentablemente para construir un SNCT.
Con los antecedentes señalados, las políticas se han organizado a lo largo de cuatro líneas que se exponen a continuación:
Política de priorización de la C&T por el Estado
La aceleración del desarrollo de la C&T, requiere la intervención decidida del Estado. El proceso requiere la intervención decidida del Estado. El proceso requiere inversiones con riesgo y/o réditos no inmediatos, donde los mercados no son los espacios más adecuados. En los países latinoamericanos de más alto crecimiento el gobierno reconoce en el desarrollo C&T una necesidad imperiosa y urgente que condiciona el progreso socioeconómico, cultural y político nacional el desarrollo C&T es consecuencia de la acción del Estado sobre los componentes principales y flujos del SNCT, que concite las inversiones del sector privado.
La priorización política de la C&T se manifestará en la forma siguiente:
Los organismos rector (SENACYT) y operativo (FUNDACYT) del sistema deben desarrollar las siguientes funciones prioritarias:
Política de fortalecimiento y ampliación de la oferta de C&T
El sistema requiere un nivel mínimo de capacidad para generar, adaptar y canalizar C&T, sin el cual no le es posible funcionar efectivamente, aún como mero importador de tecnología. De aquí que el fortalecimiento y ampliación de la oferta nacional de C&T constituye una condición necesaria más no suficiente, para la consolidación del SNCT.
El marco político que se plantea, es una combinación de instrumentos competitivos de mercado, con otros normativos. El mecanismo principal es la canalización competitiva y transparente de recursos para las siguientes estrategias.
Fortalecimiento del potencial y entorno del sistema de C&T
Para ello se plantean los siguientes programas:
I. Formación, perfeccionamiento y actualización de recursos humanos.
Este programa es el más importante en la fase inicial de desarrollo y tiende al fortalecimiento balanceado de las actividades de utilización, diseminación y generación de conocimientos.
Las directrices son las siguientes:
II. Fortalecimiento de unidades de I&D de excelencia, que constituirán la red de unidades asociadas a FUNDACYT, las acciones incluirán:
III. Promoción de la reestructura institucional, tendiente a mejorar los espacios institucionales a la práctica de C&T. Los cambios incluirán:
IV. Complementación racional y selectiva de infraestructura física, bajo los siguientes lineamientos.
V. Aumento y sustentabilidad del financiamiento del SNCT. Este factor es necesario, aunque no suficiente, para viabilizar el desarrollo del sistema. Para ello se aplicarán los lineamientos siguientes:
Financiamiento de proyectos de C&T.
El financiamiento de proyectos, en sentido lato, es la estrategia fundamental para el desarrollo y operación del SNCT, así como el medio más efectivo para coordinar y aplicar la política de C&T, por parte de SENACYT/FUNDACYT. Para ello, los dos organismos diseñarán, periódicamente, un portafolio de proyectos y programas, que incluirá una porción abierta, para cubrir iniciativas de los proponentes. El portafolio será consultado al gobierno, sector productivo e instituciones de investigación y desarrollo.
I. Mecanismo de adjudicación de proyectos:
Entre los factores a considerar en la selección se recomiendan los siguientes: creatividad, capacidad y calidad del proponente, potencial de aporte al desarrollo del SNCT, prioridad del proyecto, eficiencia en el manejo de los recursos, etc.
II. Requerimientos de aplicación del modelo:
III. Ventajas del modelo:
Política de promoción de la demanda de C&T
La demanda de C&T envuelve gran número de actores e instituciones, ubicados a diversas distancias del SNCT. Consecuentemente, las estrategias se sustentan en la priorización estatal de C&T (primera política) y en la aplicación concertada de las siguientes estrategias.
Adecuar o generar políticas sectoriales (industria, educación, agricultura, ambiente, energía, etc.) que consistentemente promuevan la incorporación racional de la tecnología, propiciando su adecuada transferencia, asimilación, adaptación, aprendizaje, etc., y fortalezcan al SNCT.
Esta estrategia requiere el compromiso coherente del Estado con la C&T y contará con el siguiente mecanismo promotor:
Incentivar al Sector Social del Gobierno, organismos seccionales, entidades de desarrollo a profundizar en la problemática socioeconómica en búsqueda de nuevas esferas y soluciones.
Incentivar con estímulos estatales al sector productivo como usuario, demandante y generador de tecnología. Los mecanismos se ilustran en la tabla siguiente:
Política de articulación del SNCT
El desarrollo del SNCT no sólo requiere del mejoramiento de sus componentes sino también de la adecuada articulación entre éstos, a fin de que funcione como un sistema. Para ello se definen las siguientes estrategias:
Promoción de la formación de redes de oferta y de demanda de C&T. La red de oferta se constituirá inicialmente en base a las unidades de I&D asociadas a FUNDACYT y tendrá por objeto propiciar la oferta de C&T de sus instituciones y empresas y dinamizar los contactos de investigadores con empresarios. La red, coordinada por FUNDACYT, estimulará a las instituciones miembros a, entre otras:
La promoción para el fortalecimiento de las unidades de vinculación de los organismos de I&D, incluirá por parte de FUNDACYT.
La red de demanda estará constituida por las unidades de enlace en los gremios productivos afines que demandan tecnología. La red identificará demandas prioritarias comunes de tecnología y las canalizará hacia la red de oferta para su negociación. Contará con apoyo promocional de FUNDACYT, semejante al de la red de oferta.
Apoyo a nuevas instituciones.
La maduración del SNCT, requerirá su progresiva complementación con nuevas instituciones como incubadoras de empresas, empresas de alta tecnología, servicios tecnológicos, etc.
La FUNDACYT, dentro de estándares de alta calidad y en base a los proyectos propuestos, brindará apoyo inicial y de orientación a las nuevas instituciones, en términos semejantes a los definidos antes.
Promoción de la reestructuración de la Educación Superior.
Dada la importancia de la educación superior respecto del SNCT, y la crisis que la aqueja, se coadyuvará a su reestructuración, en base a los siguientes principios:
I. Principios que orientan la relación Estado Educación Superior.
II. Objetivos de la reestructuración
III. Mecanismos de Promoción
La canalización competitiva de recursos, para proyectos de educación superior, incluidos en el portafolio con evaluación externa, apoyados por asistencia técnica de FUNDACYT.
Promoción de servicios de Información y de Difusión y Transferencia.
Los servicios de información constituyen también un requisito insustituible para el funcionamiento de un SNCT.
FUNDACYT establecerá una infraestructura básica que la irá completando como parte de su portafolio de proyectos que los asignará, competitivamente, según el modelo planteado de manejo de proyectos.
Los servicios de Difusión y Transferencia también son inherentes al sistema y además tienen por objeto contribuir a la formación de una cultura C&T de masas, la cual es necesaria al ciudadano del S XXI y es indispensable, para la valoración social de la C&T, condicionante del desarrollo buscado.
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Nombre: Secretaría Nacional de Ciencia y
Tecnología SENACYT
Dirección: Av. Patria 850 y Av.
10 de Agosto. Edif. Banco de Préstamos, 9no. piso
Ciudad: Quito
Teléfono: 505142, 506538
Fax: 509054
Nombre: Fundación para la Ciencia y
Tecnología FUNDACYT
Dirección: Av. Patria 850 y
Av. 10 de Agosto. Edif. Banco de Préstamos, 9no. piso
Ciudad: Quito
Teléfono: 506540, 506547
Fax:
509054
Página Web: http://www.fundacyt.org
E.mail:
root@fundacyt.org
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Nombre: INIAP Estación Experimental
Boliche
Dirección: Estación Experimental Boliche
Ciudad: Guayaquil
Teléfono: 710967
Nombre: INIAP Estación Experimental Sta.
Catalina
Dirección: Panamericana
Ciudad: Quito
Teléfono: 629692
Nombre: Instituto Nacional de Energía
Dirección: Mariana de Jesús 2307 y Utreras
Ciudad: Quito
Teléfono: 438001
Nombre: CEDEGE
Dirección: Malecón
106
Ciudad: Guayaquil
Teléfono: 301405
Nombre: Instituto Nacional de Metereología
Dirección: Shyris y Naciones Unidas
Ciudad: Quito
Teléfono: 248268
Nombre: Instituto Nacional de Pesca
Dirección: Letamendi y La Ría 102
Ciudad: Guayaquil
Teléfono: 401057
Nombre: Instituto Nacional de Higiene Izquieta Pérez
Dirección: Avda. de las Américas
Ciudad:
Guayaquil
Teléfono: 282091
Nombre: Sociedad de Lucha contra el Cáncer
Dirección: Ramón Flores 100
Ciudad:
Guayaquil
Teléfono: 391900
Nombre: Escuela Politécnica Nacional
Instituto de Investigación Tecnológica
Dirección:
Ladrón de Guevara s/n
Ciudad: Quito
Teléfono:
507150
Página Web: http://www.epn.edu.ec
Nombre: Museo Ecuatoriano de CC.NN
Dirección: Rumipamba s/n
Ciudad: Quito
Teléfono:
449825
Nombre: Universidad Central del Ecuador
Facultad de Geología Instituto Superior de Investigaciones
Dirección: Ciudadela Universitaria
Ciudad: Quito
Teléfono:
566726
Página Web: http://www.ucentral.edu.ec
Nombre: Escuela Politécnica Nacional
Instituto de Ciencias Nucleares
Dirección: Ladrón
de Guevara s/n
Ciudad: Quito
Teléfono: 507150
Página
Web: http://www.epn.edu.ec
Nombre: Escuela Politécnica Nacional
Instituto Geográfico.Vulcanología
Dirección:
Ladrón de Guevara
Ciudad: Quito
Teléfono: 507150
Página Web: http://www.epn.edu.ec
Nombre: Universidad Técnica de Ambato
Dpto. de Biotecnología y análisis de Alimentos
Dirección: Colombia y El Salvador
Ciudad: Ambato
Teléfono:
849164
Fax: 849454
Nombre: Escuela Politécnica del
Chimborazo Centro de Investigación. Energía Alternativa
Dirección: Panamericana Sur
Ciudad: Riobamba
Teléfono:
961977
Fax: 965272
Página Web:
http://www.espoch.edu
Nombre: Universidad de Cuenca Laboratorio de
Hidráulica
Dirección: Av. Daniel Córdova
Ciudad: Cuenca
Teléfono: 835197
Página
Web: http://www.ucuenca.edu.ec
Nombre: Universidad de Cuenca Laboratorio de
Microbiología
Dirección: Av. Daniel Córdova
Ciudad: Cuenca
Teléfono: 835197
Página
Web: http://www.ucuenca.edu.ec
Nombre: Escuela Politécnica del Litoral
Instituto de Ciencias Químicas
Dirección: Campus
Prosperina
Ciudad: Guayaquil
Teléfono: 269269
Página
Web: http://www.espol.edu.ec
Nombre: Escuela Politécnica del Litoral
Facultad de Ingeniería Marítima
Dirección:
Campus Prosperina
Ciudad: Guayaquil
Teléfono: 269269
Página Web: http://www.espol.edu.ec
Nombre: Escuela Politécnica del Litoral
Instituto de Física
Dirección: Campus Prosperina
Ciudad: Guayaquil
Teléfono: 269269
Página
Web: http://www.espol.edu.ec
Nombre: Escuela Politécnica del Litoral
CENAIM
Dirección: Campus Prosperina
Ciudad: Guayaquil
Teléfono: 269456
Página Web:
http://www.cenaim.espol.edu.ec
Nombre: Universidad Técnica de Machala
Dpto. Investigaciones Agropecuarias
Dirección: Cdla.
Universitaria
Ciudad: Machala
Teléfono: 922895
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Nombre: Corporación Forestal y Ciencias
Agrícolas
Dirección: Panamericana Sur Km. 9
Ciudad: Quito
Teléfono: 260514
Nombre: Estación Científica
Charles Darwin
Dirección: Isla Santa Cruz
Ciudad:
I. Galápagos
Teléfono: 244803
Fax: 443935
Página
Web: http://fcdarwin.org.ec/spanish/welcome.html
E-mail:
cdrs@fcdarwin.org.ec
Nombre: INOCAR
Dirección: Avda.
25 de Julio
Ciudad: Guayaquil
Teléfono: 401057
Nombre: Siderúrgica Ecuatoriana
Dirección: Panamericana Sur Km. 7 1/2
Ciudad: Quito
Teléfono:
674145
Nombre: Plasticaucho
Dirección:
El Tablón 561 y Línea Férrea
Ciudad: Quito
Teléfono: 679319
Nombre: RECKITT y COLMAN del Ecuador
Dirección: 6 de Diciembre 5378 y H. Moncayo
Ciudad: Quito
Teléfono: 455178
Nombre: INSOTEC
Dirección: Av.
2 Edif. Delgado of. 306
Ciudad: Manta
Teléfono: 614739
Nombre: Organización Panamericana de la
Salud
Dirección: San Javier 295 y Orellana
Ciudad:
Quito
Teléfono: 502830
Nombre: Corporación de Desarrollo e
Investigación
Dirección: Av. 10 de Agosto 5488 y
Pereira
Ciudad: Quito
Teléfono: 254674
Nombre: Shering Ecuatoriana
Dirección:
Av. Colón 1140 y Av. Amazonas
Ciudad: Quito
Teléfono:
502087
Nombre: Petrokem del Ecuador
Dirección:
República del Salvador 880 y Suecia
Ciudad: Quito
Teléfono:
466661
Nombre: Corporación Industrial Andina
Dirección: Amazonas 5322 y Floreana
Ciudad: Quito
Teléfono: 465664
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Nombre: Instituto Ecuatoriano de Minería
Dirección: Av. 10 de Agosto y Villalengua
Ciudad:
Quito
Teléfono: 432946
Nombre: Universidad Central del Ecuador
Instituto de Tecnología Alternativa
Dirección:
Ciudadela Universitaria
Ciudad: Quito
Teléfono: 230050
Página Web: http://www.ucentral.edu.ec
Nombre: Universidad Central del Ecuador
Laboratorio de Petrografía
Dirección: Ciudadela
Universitaria
Ciudad: Quito
Teléfono: 550588
Página
Web: http://www.ucentral.edu.ec
Nombre: Universidad Central del Ecuador
Laboratorio de Biotecnología
Dirección: Ciudadela
Universitaria
Ciudad: Quito
Teléfono: 546524
Página
Web: http://www.ucentral.edu.ec
Nombre: Escuela Politécnica Nacional
Instituto de Ciencias Nucleares
Dirección: Ladrón
de Guevara s/n
Ciudad: Quito
Teléfono: 507150
Página
Web: http://www.epn.edu.ec
Nombre: Universidad Técnica de Ambato
Instituto de Investigaciones Tecnológicas
Dirección:
Colombia y El Salvador
Ciudad: Ambato
Teléfono: 826272
Nombre: Universidad de Cuenca Centro de
Investigaciones Químico Biológicas
Dirección:
Av. Daniel Córdova
Ciudad: Cuenca
Teléfono:
831688
Página Web: http://www.ucuenca.edu.ec
Nombre: Universidad de Cuenca Laboratorio de
Toxicología
Dirección: Av. Daniel Córdova
Ciudad: Cuenca
Teléfono: 831688
Página
Web: http://www.ucuenca.edu.ec
Nombre: Universidad de Cuenca Instituto de
Investigaciones en Ciencias de la Salud
Dirección: Av.
Daniel Córdova
Ciudad: Cuenca
Teléfono: 831688
Página Web: http://www.ucuenca.edu.ec
Nombre: Universidad Nacional de Loja Facultad de
Ciencias Veterinarias
Dirección: Cdla. Universitaria
Ciudad: Loja
Teléfono: 961730
Página Web:
http://www.unl.edu.ec
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Nombre: Organización Técnica de
Consultores
Dirección: Cordero 2038 y Av. 10 de Agosto
Ciudad: Quito
Teléfono: 525575
Nombre: Compañía Ecuatoriana de
Maltas y Cervezas
Dirección: 5 de Junio 1373
Ciudad: Quito
Teléfono: 265909
Nombre: Geología, Sondeos, Ingeniería
y Servicios
Dirección: Amazonas 477
Ciudad: Quito
Teléfono: 525575
Nombre: Consultoría Biotécnica
Dirección: Villas IESS Maz. E7
Ciudad: Manta
Teléfono: 612283
Nombre: Laboratorio de Larvas Rojas
Dirección: 1ª. Norte Malecón y a. Galvez
Ciudad:
Machala
Nombre: Centro de Estudios del Sur
Dirección: 8 de mayo y 9 de octubre
Ciudad: Machala
Nombre: Tecnología y Servicios para la
Industria
Dirección: Tulcán 803 y 9 de Octubre
Ciudad: Guayaquil
Teléfono: 350576
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No aplicable o no disponible.
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Nombre: Escuela Politécnica Nacional -
EPN
Dirección: Ladrón de Guevara s/n
Ciudad:
Quito
Teléfono: 562400/507133
Fax: 567847/8
Página
Web: http://www.epn.edu.ec
Nombre: Escuela Politécnica del
Chimborazo ESPOCH
Dirección: Panamericana Sur Km.
1 Código Postal: 06-014-708
Ciudad: Riobamba
Teléfono:
961969, 961977
Fax: 961099
Página Web:
http://www.espoch.edu
Nombre: Escuela Politécnica del Ejercito
- ESPE
Dirección: Av. El Progreso s/n, Vía Amaguaña
Ciudad: Quito
Teléfono: 862789, 961790, 861658
Fax: 861393
Página Web: http://www.espe.edu.ec
Nombre: Universidad Agraria del Ecuador UAE
Dirección: Av. 25 de julio, Vía a Puerto Marítimo
- Junto a Mí Comisariato
Ciudad: Guayaquil
Teléfono:
490642
Fax: 493441
Página Web:
http://www.uagraria.edu.ec
Nombre: Universidad del Azuay
Dirección:
Av. 24 de mayo 7-77
Ciudad: Cuenca
Teléfono: 881333
Fax: 815997
Página Web:
http://www.uazuay.edu.ec
Nombre: Universidad Central del Ecuador - UCE
Dirección: Cdla. Universitaria - Plaza Indoamérica
Ciudad: Quito
Teléfono: 226080, 521744
Fax:
505860, 544930
Página Web:
http://www.ucentral.edu.ec
Nombre: Universidad de Cuenca - UC
Dirección:
Cdla. Universitaria Av. 12 de abril s/n y Agustin Cueva
Ciudad:
Cuenca
Teléfono: 831688, 842520
Fax: 842520
Página
Web: http://www.ucuenca.edu.ec
Nombre: Escuela Superior Politécnica del
Litoral ESPOL
Dirección: Campus Prosperina,Km 30.5
Vía Perimetral
Ciudad: Guayaquil
Teléfono:
269269, 269246
Fax: 854629
Página Web:
http://www.espol.edu.ec
Nombre: Universidad de Guayaquil
Dirección: Chile 900 y Av. Olmedo
Ciudad: Guayaquil
Teléfono:
282440, 320183, 329905, 292281
Fax: 514338, 282440
Página
Web: http://www.ug.edu.ec
Nombre: Universidad Nacional de Loja
Dirección: Cdla. Universitaria "Guillermo Falconí
Espinosa"
Ciudad: Loja
Teléfono: 570252, 571841,
574060
Fax: 574059, 573075
Página Web:
http://www.unl.edu.ec
Nombre: Universidad Técnica de Ambato -
UTA
Dirección: Av. Colombia y Chile, Cdla. Ingahurco
Ciudad: Ambato
Teléfono: 826053, 820899, 822960
Fax: 849164, 849454
Nombre: Universidad Técnica de Manabí
Dirección: Av. Universitaria s/n Código Postal:
Apto. 82
Ciudad: Portoviejo
Teléfono: 635909, 632677
Fax: 635681, 635620
Nombre: Universidad Técnica del Norte
Dirección: Av. 17 de julio s/n, Cdla. Universitaria - El
Olivo Código Postal: 199
Ciudad: Ibarra
Teléfono:
955433, 953461
Fax: 955833
Nombre: Universidad Técnica Estatal de
Quevedo - UTEQ
Dirección: Av. Quito, Km.1 Vía Sto.
Domingo Código Postal: 73
Ciudad: Quevedo
Teléfono:
751430, 750320
Fax: 753300
Página Web:
http://www.reicyt.org.ec/uteq
Nombre: Universidad Técnica de Cotopaxi -
UTC
Dirección: Barrio El Ejido, Av. Simón
Rodriguez s/n, Parroq. Eloy Alfaro
Ciudad: Latacunga
Teléfono:
810-296 / 09-457-062
Fax: 810-295
Página Web:
http://www.utc.edu.ec
Nombre: Universidad Nacional de Chimborazo -
UNACH
Dirección: Av. Eloy Alfaro s/n y 10 de Agosto
Ciudad: Riobamba
Teléfono: 941999 / 942395
Fax: 960343
Página Web: http://www.unach.edu.ec
Nombre: Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabi
Dirección: Cdla. Universitaria, vía San Mateo s/n
Ciudad: Manta
Teléfono: 623740
Fax: 623009
Nombre: Universidad Laica Vicente Rocafuerte de
Guayaquil
Dirección: Av. de las Américas frente al
Cuartel Modelo
Ciudad: Guayaquil
Teléfono:
289999,290143,287200
Fax: 287431
Nombre: Universidad Técnica Luis Vargas
Torres de Esmeraldas
Dirección: Ciudadela Universitaria
Guillermo F. Espinoza
Ciudad: Esmeraldas
Teléfono:
571329,570252
Fax: 573075
Nombre: Universidad Técnica de Machala
Dirección: Cdla. U. Km. 5 1/2 El Cambio
Ciudad:
Machala
Teléfono: 937452
Fax: 935697
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Nombre: Universidad Católica Santiago de
Guayaquil - UCSG
Dirección: Av. C.J. Arosemena Km. 1 1/2
- Vía a la Costa
Ciudad: Guayaquil
Teléfono:
201349, 206944
Fax: 200071, 206946
Página Web:
http://www.ucsg.edu.ec
Nombre: Universidad Politécnica Salesiana
- UPS
Dirección: Calle Vieja 12-30 y Eliat Liut
Ciudad: Cuenca
Teléfono: 800221, 862213, 806035
Fax:
861750
Página Web: http://www.ups.edu.ec
Nombre: Universidad San Francisco de Quito -
USFQ
Dirección: Vía Interoceánica y Jardín
del Este, Cumbayá
Ciudad: Quito
Teléfono:
459-127 / 137
Cumbayá 890-070 / 895-723 / 895-725
Fax:
890-070
Página Web: http://www.usfq.edu.ec
Nombre: Universidad Católica de Cuenca
Dirección: Pío Jaramillo 2140 y Chile
Ciudad: Cuenca
Teléfono: 56256
Fax: 56256
Nombre: Universidad Tecnológica
Equinoccial - UTE
Dirección: Bourgeois 210 y Rumipamba
Ciudad: Quito
Teléfono: 446233
Fax: 442288
Página Web: http://www.ute.edu.ec
Nombre: Universidad Técnica Particular de
Loja
Dirección: Barrio San Cayetano Bajo Código
Postal: 608
Ciudad: Loja
Teléfono:
570275,571836,574572,574575,577460
Fax: 563159
Página
Web: http://www.utpl.edu.ec
Nombre: Universidad de Especialidades Espíritu
Santo de Guayaquil - UEES
Dirección: Av. Juan Tanca
Marengo Km. 2 1/2 Código Postal: 09-01-4842
Ciudad: Guayaquil
Teléfono: 889230 / 887200
Fax: 889155
Página
Web: http://www.uees.edu.ec
Nombre: Universidad de las Américas -
UDLA
Dirección: Av. Colón 338 entre 6 de Diciembre
y Tamayo
Ciudad: Quito
Teléfono: 526052, 547700,
566179, 566813
Fax: 563757
Página Web:
http://www.uamericas.edu.ec
Nombre: Pontificia Universidad Católica
del Ecuador - PUCE
Dirección: Av. 12 de Octubre 1076 y
Carrión Código Postal: 17-01-2184
Ciudad: Quito
Teléfono: 228-780,565-627
Fax: 544-995
Página
Web: http://www.puce.edu.ec
Nombre: Universidad Internacional del Ecuador -
UIDE
Dirección: Manuel Abascal N37-41 entre Portete y
Granaderos
Ciudad: Quito
Teléfono: 266235 al 239
Fax: 452572, 458405
Página Web:
http://www.uide.edu.ec
Nombre: Universidad Andina Simón Bolívar
- UASB
Dirección: Toledo 156 Código Postal:
17-12-569
Ciudad: Quito
Teléfono: 556405, 561061
Fax: 508156
Página Web:
http://www.uasb.edu.ec
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Nombre: Universidad de Cuenca - UC
Dirección Cdla. Universitaria. Av. 12 de Abril s/n y Agustín
Cueva
Ciudad: Cuenca
Teléfono: 831688, 842520
Fax: 842520
Página Web: http://www.ucuenca.edu.ec
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